En apenas 44 minutos, una ley para crear el Colegio de Artistas amaneció con un párrafo nuevo que alcanza a la decana del CAL. Sus abogados la llaman inconstitucional y el colegio ya presentó amparo.
Señores, señoras, esta es de las que hay que mirar dos veces. La Ley 32645, que en el papel crea el Colegio Profesional de Artistas del Perú, llegó al mundo con un agregado que nada tiene que ver con pintores, músicos ni bailarines: una cláusula que impide a las personas inhabilitadas para ejercer función pública ocupar cargos en los órganos de gobierno de los colegios profesionales. ¿A quién alcanza eso? A Delia Espinoza, actual decana del Colegio de Abogados de Lima.
Y aquí está el dato que lo explica todo: la disposición la alcanza porque el Congreso la inhabilitó en diciembre de 2025 para el ejercicio de la función pública y, además, le dictó una segunda inhabilitación por 10 años. Es decir, en la práctica ella sería hoy la única persona inhabilitada en esa situación. La propia exfiscal lo resumió sin rodeos: cuestionó que aprueben algo así y que la única persona inhabilitada termine siendo ella.
Pero lo que más llama la atención es el cómo y el cuándo. Según el expediente del proyecto, el congresista Segundo Montalvo presentó primero un texto sustitutorio que no mencionaba a los colegios de abogados. Apenas 44 minutos después apareció una versión modificada con el párrafo nuevo ya incorporado, sin debate y sin que se explicaran los motivos. Pocos minutos más tarde, el Pleno lo aprobó en primera votación y exoneró la segunda. Toda una reforma metida, según describen distintos medios, «de contrabando».
La reacción fue inmediata. Congresistas como Susel Paredes y Sigrid Bazán cuestionaron la maniobra; Bazán subrayó que la medida menospreciaría la decisión de más de 22.000 abogados que eligieron a Espinoza. El propio Colegio de Abogados de Lima señaló en un oficio que la iniciativa podría considerarse inconstitucional y que vulnera los derechos de su titular, y anunció acciones legales.
Sobre el alcance real de la norma, su defensa marca un límite importante. El abogado Luciano López advirtió que la cláusula carece de sustento jurídico y no podría aplicarse a su patrocinada, más allá de la intención política que la haya motivado. A esto se suma otro frente: en el Poder Judicial, la inhabilitación de 10 años que sostiene toda la jugada quedó pendiente de un voto para ser dejada sin efecto, luego de que dos jueces se pronunciaran a favor de la exfiscal.
La misma Espinoza fue frontal en su cuenta de X. Calificó la norma como discriminadora y antidemocrática, y aseguró que pretende silenciar su voz en el gremio. «Hoy represento al gremio de abogados de Lima que me eligieron con una votación que ya quisieran quienes promueven esta norma», escribió, antes de anunciar que retomarían los cauces democráticos.
Ahora, un grupo de legisladores presentó un proyecto para derogar la ley. Entre sus argumentos sostienen que el apartado incorporado vulneraría la independencia de todos los colegios profesionales bajo el pretexto de mantener directivas «idóneas». Y recuerdan que la norma tiene otro flanco: al permitir solo la colegiatura de artistas titulados, dejaría fuera a miles de creadores autodidactas y de saberes populares. Según información de RENTOCA citada por los congresistas, cerca del 50% de los artistas aprendió su oficio por tradición familiar o comunal y un 32% de forma autodidacta; solo un 20% pasó por la universidad.
Señores, los hechos hablan: una ley para artistas que, en 44 minutos, amaneció con un párrafo que apunta al Colegio de Abogados. Esta boca no la calla nadie, y aquí toca seguir cada movimiento.


