La exfiscal de la Nación y decana del Colegio de Abogados de Lima rechazó la medida y aseguró que continuará en su cargo. La Fiscalía, por su parte, reconoció ante el Poder Judicial que la primera inhabilitación habría sido abusiva.
El Pleno del Congreso aprobó el 7 de mayo de 2026 la segunda inhabilitación por diez años para ejercer función pública contra Delia Espinoza, exfiscal de la Nación y actual decana del Colegio de Abogados de Lima (CAL). La votación fue de 70 a favor, 17 en contra y 2 abstenciones. Con esta sanción, Espinoza acumula 20 años de inhabilitación impuestos por el Parlamento en menos de seis meses.
Los motivos de cada inhabilitación
La primera sanción, aprobada en diciembre de 2025, se fundamentó en la Ley N° 32130, que amplió las facultades operativas de la PNP en investigaciones preliminares, reduciendo el rol del Ministerio Público. El Congreso acusó a Espinoza de infracciones constitucionales vinculadas a esa norma. Sin embargo, la defensa de la exfiscal señaló que el reglamento cuestionado fue suscrito por el entonces fiscal de la Nación en funciones, Juan Carlos Villena, y no por Espinoza. El fiscal adjunto supremo Eduardo Atencio Ramos respaldó esa postura ante el juez de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley, reconociendo que la acusación del Congreso habría sido abusiva, y se mostró a favor de que el Poder Judicial archive el proceso penal.
La segunda inhabilitación se sustenta en la denuncia constitucional que Espinoza presentó contra 11 congresistas que votaron a favor de una ley que permite cobrar simultáneamente pensión militar o policial y sueldo parlamentario. La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales consideró que esa acción excedió las competencias constitucionales de la exfiscal. Para llegar a los votos necesarios, el congresista Jorge Montoya presentó una reconsideración de una votación fallida del 12 de marzo, cuando el Pleno no alcanzó el número requerido para aprobar la sanción.
La ley del Colegio de Artistas
El mismo día de la segunda inhabilitación, el Congreso envió al Ejecutivo la autógrafa de la Ley del Colegio Profesional de Artistas del Perú. El texto incluyó una disposición complementaria, introducida sin debate, que prohíbe a los inhabilitados para ejercer función pública ocupar cargos directivos en colegios profesionales. Espinoza calificó esa disposición como inconstitucional y señaló que tiene nombre propio, dado que es la única persona inhabilitada entre todos los colegios profesionales del país. Pidió al presidente del CAL, José María Balcázar, que observe la norma.
La postura de Espinoza
La exfiscal rechazó ambas sanciones y las calificó como arbitrarias. Afirmó que detrás de estas acciones existiría un interés en «generar un escarmiento para toda la administración pública» y señaló que el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, habría agendado personalmente las inhabilitaciones. «No me voy a callar», afirmó, y anunció que continuará ejerciendo su defensa legal.
Cabe señalar que Rospigliosi tiene una sentencia penal por difamación derivada de una denuncia presentada por la propia Espinoza.
Por su parte, la congresista Susel Paredes calificó la segunda inhabilitación como «venganza política y demolición».


