PolíticaAbogado de Gino Ríos le cae con todo al CAL: «Esto es kafkiano, quieren sancionar a quien ya no es su miembro»

Avatar photo Redacción CPD12 de agosto de 2026

Julio Rodríguez cuestionó la sesión del Consejo de Ética que evalúa suspender a Ríos, y aseguró que su cliente renunció al colegio en marzo

El abogado Julio Rodríguez Delgado salió a defender a Gino Ríos y encendió la polémica contra el Colegio de Abogados de Lima (CAL). Señores, esto tienen que verlo: el letrado cuestionó que el Consejo de Ética de dicha institución sesionara este miércoles 12 de agosto para evaluar una eventual suspensión temporal de la colegiatura de su representado, integrante de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

Según explicó Rodríguez Delgado en diálogo con Ampliación de Noticias, Gino Ríos no sería miembro del CAL desde marzo de este año, por lo que consideró «inaudito» que la institución pretenda sancionarlo.

«Para la perspectiva legal, esto es un caso especialmente kafkiano, porque una comisión de ética quiere valorar una sanción, eventualmente, a quien ya no es miembro de ese colegio profesional. Él renunció a ser miembro de ese colegio profesional», declaró el abogado.

El defensor también reveló que la renuncia de Ríos al CAL habría sido rechazada por la propia institución, un hecho que calificó de «anecdótico». «Esto es inaudito porque atenta incluso contra lo que dice la Constitución: libertad absoluta que tiene cualquier persona de asociarse libremente donde crea conveniente», enfatizó.

De acuerdo con el abogado, tras su salida del CAL, Ríos se habría afiliado a otro colegio profesional —presuntamente el de Lima Sur— para continuar ejerciendo como consejero de la JNJ.

El otro frente: ¿puede el CAL meterse con su rol como consejero?

Rodríguez fue más allá y cuestionó que el Consejo de Ética pretenda evaluar la actuación de Ríos como miembro de la JNJ, específicamente por el señalamiento de que habría ordenado la reposición de Patricia Benavides como fiscal de la Nación. Para el abogado, ese cuestionamiento correspondería exclusivamente a una acusación constitucional, por tratarse de un funcionario aforado.

«Estamos hablando de una persona que es aforada y, por lo tanto, al ser aforada, cualquier tipo de cuestionamiento a sus competencias como consejero solamente puede ser revisado sobre la base de la acusación constitucional. Ese es el marco legal, no puede ser revisado», afirmó.

Rodríguez remató señalando que su cliente solo podría ser sancionado por el CAL si las competencias cuestionadas se limitaran estrictamente a su rol de abogado, algo que —según él— no ocurriría en este caso. «Una junta, por muy ética que sea y por mucho respeto que se merezca, no tiene las prerrogativas para poder valorar esos comportamientos, así de simple», sentenció.

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