La JNJ confirmó por unanimidad su no ratificación y el fiscal de la Nación formalizó su salida mediante resolución oficial
El fiscal de la Nación, Tomás Gálvez, emitió la resolución 1642-2026-MP-FN con fecha 9 de junio de 2026, mediante la cual se da por concluida la designación de José Domingo Pérez Gómez en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima. La resolución establece que Pérez Gómez debe proceder con la correspondiente entrega de cargo.
La medida se produce un día después de que la Junta Nacional de Justicia (JNJ) rechazara, por unanimidad, el recurso de reconsideración presentado por el exfiscal y confirmara su no ratificación como fiscal provincial especializado en delitos de corrupción. Votaron a favor los miembros Germán Serkovic —quien actuó como ponente—, Cayo Galindo, Rafael Ruíz, Gino Ríos, Jaime de la Puente, Víctor Chanduví y María Teresa Cabrera, presidenta del organismo.
La resolución de Gálvez precisa que la decisión se emite «sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite». Según la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Pérez Gómez tiene 14 quejas en trámite.
Los argumentos que la JNJ rechazó
El exintegrante del Equipo Especial Lava Jato argumentó una presunta vulneración de su derecho a ser oído, cuestionando que un informe individual inicial favorable hubiera sido reemplazado por uno desfavorable durante el proceso de evaluación. La JNJ desestimó este argumento al señalar que el reglamento aplicable es una norma «de carácter general, abstracta y preexistente al procedimiento», cuyo conocimiento se presume desde la convocatoria. Además, indicó que el exfiscal presentó descargos escritos frente a cada uno de los decretos emitidos en la ampliación del análisis.
El organismo también rechazó el reclamo sobre la falta de notificación de la ponencia que propuso la no ratificación, precisando que dicho documento «constituye un documento interno del proceso deliberativo del órgano colegiado» y que, por esa razón, «no tiene naturaleza de acto administrativo autónomo susceptible de notificación».
Las razones de fondo
En el análisis de fondo, la JNJ estableció que la alta calificación técnica de Pérez Gómez no era suficiente por sí sola para justificar su continuidad, ya que el procedimiento de evaluación comprende dos dimensiones estructurales —conducta e idoneidad— que deben examinarse de manera conjunta y complementaria.
Entre los elementos valorados en su contra figuran las devoluciones al requerimiento acusatorio en el caso Cócteles, la declaración de nulidad de la acusación por el Tribunal Constitucional, la confirmación de la nulidad del juicio oral por la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, investigaciones fiscales en trámite por presunto enriquecimiento ilícito y peculado de uso, y la medida cautelar de apartamiento preventivo dispuesta por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público en enero de 2026.
La JNJ también descartó que durante el proceso se hubieran vulnerado los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre ratificación de magistrados.
Con esta resolución, José Domingo Pérez Gómez queda fuera del Ministerio Público de manera definitiva.


