El partido de López Aliaga destinó fondos públicos a pagar deudas viejas, dulces, galletas y pasajes que no pudieron sustentar. El JNE rechazó su apelación y la sanción queda firme.
Señores, esto es el colmo. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundada la apelación de Renovación Popular y confirmó una multa de 173,875 soles contra el partido de Rafael López Aliaga por usar indebidamente los fondos del financiamiento público directo. Con esta resolución queda firme la sanción que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) había impuesto en 2025.
¿Y en qué se fue nuestro dinero? Agárrense. Según los informes técnicos y de fiscalización de la ONPE, el partido destinó el financiamiento público a conceptos que jamás debieron tocarse: deudas pasadas, golosinas, intereses y moras. Sí, señores, plata del Estado gastada en dulces.
La sanción consiste en una multa de 32.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de 2025 y la pérdida del 10% de su asignación semestral del financiamiento público directo, todo por la infracción muy grave de utilizar fondos públicos para fines distintos a los permitidos por la ley.
La ONPE detectó que Renovación Popular pagó cobranzas coactivas a la ONP y a Essalud correspondientes a los periodos 2018 y 2016-2018, respectivamente, años en los que el partido ni siquiera era beneficiario del financiamiento público directo. ¿Cómo se explica eso?
Pero hay más. Se hallaron gastos por 3,623 soles en la compra de dulces, galletas y alimentos de consumo. Y como si fuera poco, otros 9,282 soles en alojamiento y pasajes aéreos sustentados únicamente con comprobantes simples, sin ninguna evidencia de que fueran en beneficio del partido. También se registraron pagos de intereses moratorios por rentas de cuarta categoría y por depositar fuera de plazo la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
Ante la sanción, Renovación Popular presentó un recurso de reconsideración argumentando que los gastos observados eran mínimos y marginales frente al presupuesto total recibido, y que no afectaban realmente al erario público. ¡Increíble! Como si robar poquito no fuera robar.
La ONPE desestimó esa reconsideración en diciembre de 2025 y fue clara: la infracción se configura por el solo hecho de utilizar los recursos indebidamente, sin que haga falta un porcentaje mínimo de desvío para que sea sancionable. Luego, el partido apeló ante el Pleno del JNE, que declaró infundado el recurso. La sanción está confirmada.
Y ojo, porque a López Aliaga no le va mejor en otro frente. El Jurado Electoral Especial de Lima Centro rechazó su inscripción como candidato a teniente alcalde de Lima para las Elecciones Regionales y Municipales 2026. El líder de Renovación Popular, que ganó un escaño en el Senado en las últimas elecciones generales, no logró acreditar que su condición de senador proclamado había quedado sin efecto.
El partido presentó dos documentos para subsanar la observación: una carta en la que López Aliaga renunciaba a recibir su credencial de senador, y otra en la que comunicaba que no juramentaría el cargo y pedía convocar a su accesitario. Pero el JEE Lima Centro consideró que ambas cartas constituyen únicamente comunicaciones suscritas por el propio candidato y que no modifican su situación jurídica. El tribunal advirtió que el partido no presentó ninguna resolución, acuerdo o acto resolutivo del JNE o del Congreso que dejara sin efecto su elección, proclamación o credencial.
El fallo fue notificado el martes 30 de junio. Renovación Popular tiene plazo hasta el viernes 3 de julio para apelar. Señores, ¿hasta cuándo vamos a permitir que jueguen con el dinero de todos los peruanos?


