PolíticaFiscalía busca devolver a Nicanor Boluarte a prisión: El hermano presidencial seguiría enfrentando 36 meses preventivos por «Los Waykis en la Sombra»

Avatar photo Redacción CP9 de mayo de 2025

Ministerio Público cuestiona criterios «contradictorios» de la Quinta Sala Superior Nacional que liberó al presunto líder de red criminal dedicada al «copamiento» de prefecturas

La Fiscalía de la Nación habría elevado un recurso de casación ante la Corte Suprema solicitando la restitución de los 36 meses de prisión preventiva contra Nicanor Boluarte, hermano de la presidenta Dina Boluarte, y otros implicados en el caso «Los Waykis en la sombra». Según este recurso, al que habría accedido El Comercio, el Ministerio Público estaría cuestionando los «criterios disímiles» que habría aplicado la Quinta Sala Superior Nacional para anular dicha medida cautelar.

Esta solicitud no solo incluiría al hermano presidencial, sino también a José Luis Ortiz Marreros (exdirector del Interior del Mininter), Zenovia Grimelda Vásquez (exjefa de Qali Warma en San Martín), Jorge Chingay Solazar y Noriel Chingay Solazar (exprefecto de Cajamarca), todos investigados por presuntamente conformar una organización criminal.

Los investigados estarían siendo acusados por los delitos de organización criminal, tráfico de influencias y cohecho activo genérico por cinco hechos diferentes. Según las investigaciones, esta presunta red criminal habría utilizado recursos estatales para designar ilegalmente a prefectos y subprefectos en diversas regiones del país, todo con el aparente propósito de facilitar la inscripción del partido político «Ciudadanos por el Perú».

El caso tendría su origen en noviembre de 2024, cuando el juez Richard Concepción Carhuancho, mediante control difuso, inaplicó las modificatorias realizadas por el Congreso a la Ley de Crimen Organizado (Leyes 32108 y 32108) que elevaban los requisitos para acreditar el delito de organización criminal. Sin embargo, en enero de 2025, la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional habría anulado esta decisión argumentando que un juez de primera instancia no podría aplicar el control difuso en una prisión preventiva.

La Fiscalía estaría señalando una aparente contradicción, ya que el mismo tribunal, en el caso del investigado Mateo Castañeda, sí habría realizado un control difuso. Este punto sería uno de los principales argumentos del Ministerio Público, que buscaría que la Corte Suprema establezca un criterio estandarizado sobre la aplicación del control difuso durante el análisis de medidas cautelares.

Los fiscales también estarían cuestionando que la Quinta Sala se habría limitado a seguir lineamientos de la Corte Suprema, a pesar de que en esas mismas sentencias se reconocerían «las consecuencias nefastas» de las modificatorias realizadas por el Congreso, lo que «dejaría en desamparo a la sociedad».

Según la tesis fiscal, Nicanor Boluarte habría liderado esta presunta organización criminal «ejerciendo el control de facto proveniente de la investidura presidencial», gestando una red dedicada al «copamiento» de las designaciones de subprefectos y prefectos a nivel nacional.

Actualmente, todos los investigados para quienes se solicita la restitución de prisión preventiva estarían afrontando el proceso judicial con comparecencia simple, sin ninguna medida restrictiva.

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