Herbert Caller enfrenta posible exclusión electoral tras descubrirse que no declaró condena judicial firme en su hoja de vida
El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 detectó inconsistencias graves en la declaración jurada del postulante del Partido Patriótico del Perú. Un informe de fiscalización confirma la existencia de una sentencia que el candidato nunca reportó, lo que podría costarle su participación en las elecciones presidenciales.
La transparencia electoral vuelve a ser cuestionada en plena campaña presidencial. Herbert Caller Gutiérrez, quien postula a la presidencia por el Partido Patriótico del Perú, está en el ojo de la tormenta después de que el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 descubriera que omitió declarar una sentencia judicial en su contra.
El escándalo estalló cuando la fiscalizadora Antonia Bernales Chávez verificó una denuncia ciudadana y confirmó que el candidato tiene una condena firme por ejecución de garantías que nunca apareció en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV). Los documentos oficiales del Poder Judicial contradicen completamente lo que Caller presentó ante las autoridades electorales.
El expediente que Caller «olvidó» declarar
La investigación del JEE se centró en el Expediente N.° 02541-2020-0-3204-JR-CI-01, tramitado ante el Juzgado Civil de Lima Este. Los registros judiciales muestran un proceso legal que Caller enfrentó desde hace años:
Diciembre 2021: El Juzgado Civil de Lima Este admite una demanda por ejecución de garantías contra Herbert Caller Gutiérrez.
Mayo 2022: El Poder Judicial emite sentencia desfavorable. Se le ordena pagar S/84,000 más intereses legales por concepto de mora a favor de la parte demandante.
28 de junio 2022: Mediante Resolución N.° 4, el tribunal establece que la sentencia adquiere calidad de firme al no ser impugnada por ninguna de las partes.
Actualidad: El expediente continúa en fase de ejecución, según consta en el sistema del Poder Judicial.
La declaración que no coincide con la realidad
Lo más grave del asunto es que cuando Herbert Caller llenó su hoja de vida electoral, en el apartado donde debía registrar sentencias judiciales, marcó que no tenía ninguna información que declarar.
El Informe N.° 000004-2026-ABC-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE, con fecha 26 de enero de 2026, es lapidario en su conclusión: existe una contradicción total entre lo declarado por el candidato y lo que confirman los registros oficiales del Poder Judicial.
La fiscalizadora Bernales adjuntó capturas de pantalla del sistema judicial como prueba irrefutable de que la sentencia existe, está firme desde hace casi dos años, y permanece en estado de ejecución.
¿Omisión o estrategia?
La pregunta que surge naturalmente es: ¿Por qué un candidato presidencial no declararía una sentencia judicial en su contra? Existen dos posibilidades:
- Desconocimiento total del proceso legal (poco probable tratándose de una demanda, sentencia y resolución firme)
- Omisión deliberada para evitar que esta información afecte su candidatura
Cualquiera de las dos opciones genera dudas serias sobre la idoneidad de Caller para aspirar a la presidencia de la República.
El partido debe dar explicaciones
Siguiendo el protocolo establecido, el JEE Lima Centro 1 recomienda que se solicite información al personero legal del Partido Patriótico del Perú para que presente descargos y aclare la situación antes de que se tomen medidas definitivas.
Esta es una oportunidad para que el partido político explique cómo es posible que su candidato presidencial haya presentado una declaración jurada incompleta ante las autoridades electorales.
El peso de la Ley de Organizaciones Políticas
La Ley de Organizaciones Políticas (LOP) es clara respecto a la falsedad de información en las hojas de vida de candidatos. El informe de fiscalización detalla el procedimiento que podría seguirse contra Caller:
Primera instancia: Corrección obligatoria de la DJHV por parte del candidato.
Segunda instancia: Imposición de multa económica que puede alcanzar hasta 10 UIT (aproximadamente S/52,000), dependiendo de la gravedad de la infracción.
Tercera instancia: Remisión de todos los actuados al Ministerio Público para que investigue y actúe según sus atribuciones legales.
Sanción máxima: Exclusión de la contienda electoral, lo que significaría el fin de la candidatura presidencial de Caller.
Un precedente peligroso
Este caso pone en evidencia un problema recurrente en la política peruana: candidatos que no son completamente transparentes desde el inicio de sus campañas. Si un aspirante a la presidencia no puede ser honesto en un documento tan básico como su hoja de vida, ¿qué garantías puede ofrecer a los ciudadanos sobre su gestión?
El Perú necesita líderes que rindan cuentas desde el primer día, no políticos que oculten información sensible esperando que nadie la descubra.
¿Y ahora qué?
El caso de Herbert Caller está en manos del JEE Lima Centro 1, que espera los descargos del Partido Patriótico del Perú. Mientras tanto, los ciudadanos peruanos observan con atención cómo se desarrolla un escándalo que podría terminar con la exclusión de un candidato presidencial antes incluso de que arranque oficialmente la campaña electoral.
La fiscalizadora Bernales ha cumplido con su trabajo: verificar, documentar y reportar. Ahora corresponde a las instancias superiores del sistema electoral determinar si Herbert Caller Gutiérrez puede continuar en la carrera presidencial o si su omisión de información tiene consecuencias definitivas.
Lo que está claro es que los peruanos merecen candidatos transparentes, honestos y dispuestos a rendir cuentas desde el minuto cero. La credibilidad de nuestro sistema democrático depende de ello.
- Antonia Bernales Chávez
- declaración jurada falsa
- deuda judicial
- ejecución de garantías
- elecciones presidenciales 2026
- exclusión de candidato
- fiscalización JNE
- Herbert Caller Gutiérrez
- hoja de vida electoral
- JEE Lima Centro 1
- omisión de información
- Partido Patriótico del Perú
- sentencia judicial omitida
- transparencia electoral


