Redes SocialesDenuncia pública: proyecto de ley busca controlar la libertad de expresión digital mediante registros obligatorios y sanciones administrativas

Avatar photo Redacción CPD23 de noviembre de 2025

Bajo el pretexto de la seguridad y la salud pública, la iniciativa legislativa N.º 13313 otorga a la PCM facultades discrecionales para fiscalizar la «veracidad» de las opiniones y exige títulos profesionales, medida que excluiría automáticamente al periodismo ciudadano y el activismo digital

Un análisis técnico y jurídico del Proyecto de Ley N° 13313/2025-CR, presentado por el congresista Wilson Soto Palacios, ha encendido las alarmas en la comunidad digital y organismos de defensa de la libertad de expresión. El documento, que plantea regular la creación de contenido en redes sociales, esconde mecanismos que podrían vulnerar derechos constitucionales fundamentales al imponer barreras burocráticas y otorgar al Poder Ejecutivo la capacidad de vigilar y sancionar voces disidentes.

Un «Padrón Oficial» de Opinión El punto más crítico de la propuesta es la creación del Registro de Medios Digitales y Creadores de Contenido Digital, cuya administración recaería directamente en la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

Especialistas advierten que obligar a los ciudadanos a empadronarse ante el ente rector del gobierno para ejercer su derecho a la opinión no constituye una medida de ordenamiento, sino una herramienta de vigilancia estatal. Esto convierte al Ejecutivo en «juez y parte», permitiendo identificar, monitorear y potencialmente perseguir a comunicadores que resulten incómodos para la gestión de turno.

Exclusión del Periodismo Ciudadano La iniciativa establece que, para difundir contenido vinculado a la seguridad ciudadana, el patrimonio o la salud pública, el creador debe poseer obligatoriamente un título profesional o certificación oficial.

Esta exigencia genera una barrera de acceso discriminatoria que ilegaliza en la práctica al periodismo ciudadano. Líderes vecinales, activistas y denunciantes de corrupción que no poseen un «cartón» específico quedarían inhabilitados para exponer hechos de interés público (como mala gestión de recursos o inseguridad), bajo amenaza de sanción, elitizando así el debate público.

Sanciones por Subjetividad El proyecto faculta a la PCM para inhabilitar a creadores de contenido por hasta un año si se considera que su información «pone en riesgo el patrimonio» o carece de «veracidad y objetividad».

Al no ser un juez quien determina la veracidad, sino una autoridad administrativa política, se abre la puerta a la censura indirecta. Términos tan ambiguos como «objetividad» quedan sujetos a la interpretación del funcionario de turno, pudiendo utilizarse para silenciar críticas legítimas a la economía o la política nacional bajo la excusa de evitar la inestabilidad.

Conclusión Si bien la regulación de actividades comerciales en redes es un debate válido, el Proyecto de Ley 13313 cruza la línea hacia el control de contenidos. Instaurar registros obligatorios y exigir licencias para opinar son características propias de regímenes autoritarios, incompatibles con los principios democráticos que rigen al Estado peruano. Se insta a la representación nacional a archivar esta medida por su evidente inconstitucionalidad.

Seremos la voz de aquellos que no son escuchados, exponiendo injusticias y casos de corrupción. Buscamos generar impacto real en la sociedad, transformando la indignación en acción colectiva y construyendo una comunidad comprometida con la transparencia y la justicia.