ActualidadNuevo registro obligatorio para repartidores de delivery: multas de más de S/4,000 para informales

Avatar photo Redacción CP17 de abril de 2025

Decreto del MTC exigiría inscripción municipal a partir del 17 de mayo con severas sanciones para quienes incumplan

A partir del 17 de mayo de 2025, todos los repartidores de delivery en el Perú estarían obligados a registrarse para poder seguir operando, según reveló el conductor de ‘La Hora del Volante’, Tito Alvites en un medio local. Esta medida afectaría tanto a personas naturales como a quienes trabajan para empresas o aplicaciones.

El Decreto Supremo N° 006-2025-MTC, publicado este jueves 17 de abril, habría creado el «Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida», que formaría parte del Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito (SINARETT).

La normativa incluiría a conductores de motocicletas, bicimotos y bicicletas, quienes deberían cumplir con requisitos específicos como presentar DNI o carné de extranjería, licencia de conducir, placa del vehículo, SOAT vigente y certificado de inspección técnica, cuando corresponda. Además, se les exigiría firmar una declaración jurada comprometiéndose a no llevar acompañantes y a transportar los paquetes exclusivamente en cajuelas, excepto en el caso de bicicletas.

Para los casos en que el repartidor no sea propietario del vehículo, la norma contemplaría la presentación de un contrato de arrendamiento que indique expresamente que el vehículo será usado para entrega de pedidos. Este documento tendría que ser validado por las municipalidades provinciales, encargadas de verificar que el arrendador sea el dueño legítimo.

Las sanciones por incumplimiento serían considerablemente severas. Las infracciones por operar sin registro o por no cumplir las condiciones establecidas serían catalogadas como «Graves» o «Muy Graves», con multas de 0.8 UIT (equivalente a S/4,280), además del decomiso del vehículo y su internamiento.

Entre las infracciones específicas que contempla la norma figurarían: prestar el servicio sin autorización, transportar mercancías fuera de la cajuela, llevar acompañantes, utilizar vehículos sin las condiciones técnicas requeridas o conducir con una licencia vencida, suspendida o no correspondiente al tipo de vehículo.

Según lo establecido en el decreto, estos controles buscarían formalizar y ordenar el servicio de delivery, garantizando mayor seguridad tanto para los repartidores como para los ciudadanos en general.

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